Bases, condiciones y mecánicas de promociones

BASES, CONDICIONES Y MECÁNICA de cumplimiento obligatorio para la participación en la Promoción “BONO DE DECORACIÓN HOGARES ARDENAS” a llevarse a cabo del 01 de julio de 2025 al 31 de julio de 2025.

1. Organizador. HOGARES ARDENAS, S.A. DE C.V., con domicilio ubicado en Avenida Rosendo Márquez,

número 1912, Colonia Belisario Domínguez, Puebla, Puebla, C.P. 72180.

2. Aceptación de las Bases y Condiciones. La participación en la promoción “BONO DE DECORACIÓN

HOGARES ARDENAS” implica el conocimiento y aceptación plena de las bases contenidas en este documento,

así como el sometimiento a las reglas aquí establecidas. Cualquier incumplimiento o intento de transgresión

facultará al Organizador a excluir al participante o revocar el incentivo sin responsabilidad alguna.

El Organizador se reserva el derecho de descalificar a cualquier participante que realice, sugiera, promueva o

induzca la realización de prácticas ilegales o contrarias a las buenas costumbres en relación con esta

promoción. Lo anterior en cualquier momento en que tenga conocimiento de estos hechos.

3. Vigencia. La promoción estará vigente del 01 al 31 de julio de 2025, siendo este el periodo exclusivo para

generar el apartado de la vivienda. El Organizador se reserva el derecho de modificar la duración de la

promoción en cualquier momento, informando de manera oportuna a través de sus canales oficiales. El

Organizador se reserva el derecho de modificar la duración de la presente promoción en cualquier momento,

de manera discrecional y sin previo aviso, siempre velando por los intereses de los consumidores. Cualquier

modificación será debidamente reflejada en el presente documento y se llevará a cabo la publicación

correspondiente para informar sobre los cambios de manera oportuna y accesible.

4. Participantes. Podrán participar todas las personas físicas mayores de 18 (dieciocho) años, que durante la

vigencia de la promoción realicen un apartado de una casa o departamento directamente con el Organizador.

5. Terceros autorizados. El Organizador podrá delegar en terceros la gestión, validación y entrega del incentivo

descrito en estas bases, considerándose cumplida la obligación aun cuando no se realice directamente por el

Organizador.

6. Mecánica. Para ser acreedor al incentivo, el participante deberá realizar el apartado de una casa o

departamento durante el mes de julio de 2025 en cualquiera de los desarrollos participantes. La entrega del

bono se realizará únicamente al momento de la entrega de la vivienda adquirida. En el caso de los desarrollos

en construcción, el bono será entregado al momento en que se concluya la obra y se haga la entrega formal

del inmueble.

7. Desarrollos participantes. La promoción aplica para todos los desarrollos de Hogares Ardenas, incluyendo:

Aura Towers

Madeiras Residencial

Génova Residencial

Zama Townhouse

Turín Residencial

Los desarrollos Madeiras y Génova se encuentran actualmente en construcción; sin embargo, la promoción es

válida para estos casos y se respetará su entrega conforme a estas bases.

8. Incentivo. El incentivo consistirá en un bono para decoración del hogar con un valor actual de $15,000.00

(QUINCE MIL PESOS 00/100 M.N.), el cual será entregado al momento de la entrega del inmueble.

*El monto del bono puede estar sujeto a cambios por parte del Organizador, ya sea para ajustarlo de acuerdo

con las condiciones del mercado o estrategias internas, sin que esto represente una obligación retroactiva. El

bono podrá ser emitido en formato físico o digital y deberá ser utilizado con el proveedor que se señale o dentro

de los términos que el Organizador determine.

9. Entrega del incentivo. El bono será entregado al participante una vez se haya realizado la entrega formal

de la vivienda, la cual deberá haberse apartado dentro del periodo de vigencia.

10. Restricciones.

El incentivo no es transferible ni canjeable por efectivo.

Aplica únicamente para los desarrollos listados en estas bases.

Solo se entregará un bono por vivienda adquirida, independientemente del número de copropietarios.

Si el participante cancela el apartado, pierde automáticamente el derecho al incentivo.

11. Modificaciones. El Organizador podrá cancelar, modificar o suspender la promoción en cualquier momento,

sin previo aviso, siempre respetando los derechos de los participantes que hayan cumplido con la mecánica

antes de dichos cambios.

12. Limitación de responsabilidad. El Organizador no será responsable por causas de fuerza mayor, caso

fortuito, actos de terceros o cualquier situación ajena a su control que impida el cumplimiento o entrega del

incentivo.

13. Propiedad Intelectual y Uso de Imagen. Esta promoción no otorga a los participantes ningún derecho

sobre las marcas del Organizador ni sobre los materiales promocionales utilizados

14. Protección de Datos Personales. Los datos personales recabados serán utilizados exclusivamente para

fines de gestión de esta promoción y tratados conforme a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en

Posesión de los Particulares.

15. Materialidad de la promoción. a evaluación y determinación del ganador del incentivo no se encuentra

sujeta en ningún momento al azar o fortuna, ni se trata de una promoción de coleccionables o por medio de

sorteos y concursos, por lo que, se da cabal cumplimiento a la NOM-028-SCFI-2007 de no contar con aviso de

promoción ante la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), sino que se encuentra única y

exclusivamente sujeta al cumplimiento de la mecánica descrita en el presente documento.

EL incentivo no comprende un premio en efectivo para uso libre, sino que consiste en lo establecido en el

numeral 8 del presente documento.

16. Información adicional y contacto. Para más información, los interesados podrán comunicarse al teléfono

22-12-03-00-00 o al correo electrónico info@hogaresardenas.com, de lunes a viernes, en un horario de 9:00 a

18:00 horas.